Este miércoles desde las 17:30 hrs la Comisión de Familia de la Cámara de Diputadas/os, y votará en general el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para considerar el Síndrome de Alienación Parental (SAP) como acto constitutivo de Violencia Intrafamiliar.
¿En qué consiste SAP?
El Síndrome de Alineación Parental «S.A.P» (o “PAS” según sus siglas en inglés), es un constructo ideado para utilizarlo como instrumento de defensa de padres acusados de incesto y/o abuso por Richard A. Gardner, médico psicoanalista estadounidense.
Según Gardner, “el Síndrome de Alienación Parental (S.A.P) es un lavado de cerebro al cual uno de los padres -generalmente la madre-, somete al hijo, en contra del otro progenitor -generalmente el padre- logrando de este modo alienar, quitar a ese padre de la vida del hijo, para hacerlo desaparecer, pudiendo llegar el niño hasta a creer que su padre abusó sexualmente de él” (Gardner, R. 1987).
Como Fundación Honra condenamos cualquier tipo de proyecto que promueve, avale y/o justifique el Síndrome de Alienación Parental.
Lo primero que debemos precisar con respecto a este Síndrome es que no existe validación, evidencia científica ni tampoco validación psiquiátrica, por lo que hace aún más peligrosa cualquier tipo de supuesta aplicación.
Así mismo el proyecto va en contra y perpetúa lo que viven muchas mujeres y niños/as respecto de la violencia vicaria.
La gravedad de la aprobación de este proyecto de ley y su aprobación como una manifestación de violencia intrafamiliar, radica en:
- Se legitiman dos mitos que favorecen por una parte el incesto y por la otra el abuso sexual infantil por medio de:
- Falsas denuncias.
- Que los/as niños/as mienten con el propósito de dañar a su progenitor.
- Que los niños/as inventen historias de haber sido abusados sexualmente, sólo con la intención de dañar.
Por tanto, lo que se estaría buscando es desacreditar las denuncias de abuso sexual infantil e incesto y así continuar con su impunidad.
Así mismo, este fenómeno del SAP, tiene una mirada solo unidimensional del abuso, lo que lo simplifica lo hace peligroso, pues este requiere un examen más profundo, minucioso, (punta de iceberg) y por sobre todo una mirada multidisciplinaria que tome en cuenta el contexto de la situación conflictiva.
Es importante que la violencia contra las mujeres, los NNA vulnera diversos derechos garantizados por diversos tratados internacionales ratificados por Chile (CEDAW, Convención Belem Do Pará, entre otros) y en la que se establecen deberes del Estado como garante de dichos derechos y en lo que respecto a dichas vulneraciones no hay justificación alguna.
Por último, el comité de expertas de la Convención Belem Do Pará recomendó la prohibición de este síndrome, por tratarse de una amenaza en contra de las mujeres y las niñas.